Régimen de comunicación

Asesoramos y gestionamos acuerdos o demandas judiciales para garantizar el vínculo afectivo entre padres e hijos luego de una separación o divorcio.

¿Qué es el régimen de comunicación?

Es el conjunto de días, horarios y condiciones mediante los cuales el progenitor no conviviente puede ver y compartir tiempo con sus hijos.

¿Se puede modificar un régimen ya acordado?

Sí, si existen nuevos hechos o necesidades del niño/a. Puede pedirse su revisión judicial para ampliar, reducir o adaptar el régimen.

¿Qué pasa si el otro progenitor no cumple?

Se puede solicitar ejecución judicial del régimen, apercibimientos o incluso sanciones si se impide injustificadamente el contacto.

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