Régimen de comunicación
Asesoramos y gestionamos acuerdos o demandas judiciales para garantizar el vínculo afectivo entre padres e hijos luego de una separación o divorcio.
¿Qué es el régimen de comunicación?
Es el conjunto de días, horarios y condiciones mediante los cuales el progenitor no conviviente puede ver y compartir tiempo con sus hijos.
¿Se puede modificar un régimen ya acordado?
Sí, si existen nuevos hechos o necesidades del niño/a. Puede pedirse su revisión judicial para ampliar, reducir o adaptar el régimen.
¿Qué pasa si el otro progenitor no cumple?
Se puede solicitar ejecución judicial del régimen, apercibimientos o incluso sanciones si se impide injustificadamente el contacto.